CUESTIÓN DE SEXO
Cuestión de sexo
Ricardo Carreras
El régimen tenía una ideología sexista, reflejada en algunas leyes que discriminaban por razón de sexo. El mismo hecho era castigado de forma diferente si el autor era hombre o mujer.
Me refiero por ejemplo a la reforma franquista del código penal de 1944. Tras su entrada en vigor, se penaba en España la infidelidad de distinta manera en función del sexo. Esa ley discriminaba negativamente a las mujeres -además de considerar como delito la infidelidad, algo que pertenece al ámbito de lo privado.
Pero esa ley retrógrada fue justamente abolida en 1978.
Ya no nos afecta. Ahora me estoy refiriendo a la ley aprobada sesenta años después de la entrada en vigor de esa reforma sexista del código penal, en pleno siglo XXI: la ley integral contra la violencia de género.
Esta otra ley, hoy en vigor en España, también discrimina por cuestión de sexo. No es fruto del nacional-catolicismo, sino del hembrismo -feminismo radical o machismo inverso- que genera votos y sustituye en algunas mentes a las felizmente superadas ideas marxistas de la lucha de clases. Se trata de fomentar la guerra de los sexos. Por el mismo hecho, si eres hombre serás condenado más severamente que si eres mujer. Si has nacido varón, eres un agresivo maltratador en potencia. Además, los asesinados varones son casi invisibles. Si eres un hombre y tu pareja te mata, no saldrás en las estadísticas oficiales.
Habrá quien diga que la comparación es injusta. Tiene razón. En realidad, las leyes sexistas del franquismo mantenían la presunción de inocencia, tanto para mujeres como para hombres. Era preciso demostrar que los acusados eran culpables.
Por el contrario, la ley contra la violencia de género, invierte en gran medida la carga de la prueba -el onus probandi- . El varón acusado no parte de la premisa de su inocencia. Debe demostrarla. Parte como culpable.
Si eres varón y tu pareja o ex pareja dice, por ejemplo, que la has amenazado o insultado, deberás demostrar que no lo has hecho. Demostrar que algo no ha ocurrido. Prueba diabólica -’probatio diabolica’.
Si discriminar entre mujeres y hombres nos devuelve al franquismo de posguerra, cargarse la presunción de inocencia nos lleva a la era pre-romana del derecho penal.
Igual que los nacionalistas son insaciables y buscan siempre ir más allá, los hembristas -también hay hombres-, alcanzada la igualdad de derechos que propugnaba justamente el feminismo sensato, promueven la desigualdad jurídica, la revancha y el agravio. Un machismo inverso tan rechazable como el original, que pretende segregarnos en sexos opuestos. ¿Cuál será el siguiente avance?
Quien quiera conocer los detalles del desaguisado, que se lea el libro de Diego de Los Santos, cofundador del Partido Andalucista -nadie es perfecto- ex diputado, ex eurodiputado y ex adjunto al defensor del Pueblo Andaluz. Acaba de salir la segunda edición.
Debemos ’felicitar’ una vez más a nuestra casta política, que votó ese engendro de ley por unanimidad -sólo comprensible por la férrea disciplina de voto y los comportamientos borreguiles que conlleva.
Es hora de reformar esa ley injusta, anticonstitucional y antijurídica. Por principios, sin entrar a analizar sus -nefastos- resultados o consecuencias -inocentes estigmatizados que duermen en el calabozo o incluso que llegan a suicidarse, o su uso fraudulento para enviar los procesos civiles de divorcio a los juzgados especiales creados por ella.
En cualquier caso, el fin no justifica los medios. Ni las buenas intenciones -suponiendo que sea ese el motivo de la ley- pueden justificar un desatino de tamaño calibre.
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